El pasado 25 de octubre de 2017 el BOE publicaba la Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Parte de las medidas adoptadas entraron en vigor al día siguiente de su publicación; otras de las medidas más significativas no lo harán hasta el próximo 1 de enero al quedar supeditadas a la asignación de una partida económica en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
Entre las medidas de mayor calado y que en algunos casos venían representando una tradicional reivindicación del colectivo, se encuentra la ampliación de la bonificación en la cuota para nuevos autónomos, la conocida como tarifa plana, flexibilizándose los requisitos de acceso para aquellos trabajadores autónomos que ya ejercieron en el pasado una actividad económica por cuenta propia.
Se regula de forma explícita la deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados gastos, cuya inclusión en el Impuesto generaba controversia y en numerosas ocasiones liquidaciones complementarias por parte de la Administración, como son los gastos de suministro de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad en estimación directa.
Así mismo se introducen cambios en el sistema de cotización, en los recargos por retraso en el pago del cupón de autónomo y se contemplan distintas medidas para favorecer la contratación y la conciliación de la vida laboral y familiar.
Si está interesado en ejercer una actividad por cuenta propia o ya es autónomo y considera que puede beneficiarse de alguno de los aspectos de la reforma, póngase en contacto con Axesor Toletum; estaremos encantados de ayudarle a poner en marcha su negocio o de hacer crecer y consolidar su proyecto empresarial.