Uno de los temas de mayor relevancia para los trabajadores por cuenta propia es el paro por desempleo. Este para los autónomos se obtiene a través de la prestación por cese de actividad. Algunos ni siquiera saben que existe esta prestación, a pesar de ser un derecho reconocido y por el que se ha peleado mucho antes de su reconocimiento. Por ello, hoy te contamos cómo puedes solicitar la prestación por cese de actividad, además de los requisitos que debes tener para poder solicitarlo.
¿Los autónomos tienen derecho a paro?
La respuesta es sí, aunque tiene varios matices: depende de si has estado cotizando por cese de actividad, una prestación que hasta el momento era opcional, pero que con la entrada de 2019 es de carácter obligatorio.
Requisitos para percibir el desempleo de autónomos
Para tener derecho a esta prestación por cese de actividad de autónomos es necesario cumplir una serie de condiciones como:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Haber cotizado mínimo 12 meses por cese de actividad, para ello es obligatorio haber cotizado de forma continua anteriormente al cese de la actividad
- Encontrarse en situación legal de cese de actividad, o lo que es lo mismo, no estar ejerciendo la actividad
- No superar los 65 años, o sea, la edad máxima de jubilación
- Estar al corriente de todos los pagos de las cuotas de la Seguridad Social
Estos requisitos no son los únicos, ya que además el cese de actividad tiene que estar propiciado por unas causas concretas. Debe haberse producido por:
- Una causa de fuerza mayor, como haber sufrido violencia de género
- Motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que imposibiliten tu actividad laboral. Estos últimos deben ser:
- Alegación de un 10% de pérdidas anuales (el primer año no queda reflejado)
- El 40% de los ingresos estén destinados a ejecuciones judiciales para el cobro de deudas
- Pérdida de la licencia administrativa, siempre y cuando no haya sido retirada por una infracción, faltas administrativas o delitos imputables.
¿Cómo puedes solicitar el paro para autónomos?
Los autónomos que quieran beneficiarse de esta prestación por cese de actividad, deberán presentar la solicitud ante el organismo con el que tengan cubiertas las contingencias profesionales: mutuas laborales o el Servicio Público de Empleo, si el autónomo está cubierto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina.
Esta se podrá presentar hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad, para lo que será necesario aportar la solicitud de prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos y una serie de documentos que podrás encontrar en la página web del SEPE.
¿Cuál es la duración del paro de autónomos?
La duración del paro de autónomos depende de sus meses de cotización, cuantos más meses se haya cotizado, mayor tiempo se podrá disfrutar de esta prestación. Por ejemplo si tu periodo de cotización es de 12 a 17 meses la duración de la prestación será de 4 meses, hasta de 48 meses en adelante que llegaría a los 24 meses de prestación.
Como ya comentábamos antes, desde el 1 de enero la cotización por cese de actividad es obligatoria. El aumento de la cuota de autónomos tras la aprobación del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se iba a reflejar en mejores coberturas sociales como el derecho a la prestación de desempleo.
Aunque las asociaciones de autónomos ponen en tela de juicio si realmente ha habido una mejora real del acceso a la prestación, puesto que durante el primer semestre de 2018 solamente fueron aprobadas el 44,2% de las solicitudes por cese de actividad, se ha denunciado que más de la mitad fueron denegadas.
Si necesitas ayuda para solicitar esta ayuda, o tienes cualquier otra duda, no lo pienses más y ponte en contacto con nosotros a través de axesor@axesortoletum.es o llamando al 635 34 22 23 / 609 24 87 33.